El Gobierno de Jalisco cuenta con los mecanismos necesarios para atender la violencia familiar, sexual y contra las mujeres bajo la Norma Oficial Mexicana.
De manera confidencial, gratuita y con perspectiva de género, en Jalisco se cuenta con los protocolos para que las mujeres reciban atención y servicios médicos como lo ordena la NOM-046.
La Norma Oficial Mexicana 046-SSA2-2005 (NOM-046) establece los criterios de observación, así como de atención a las y los usuarios de los servicios de salud en general y, en particular, a quienes se encuentren involucrados en situaciones de violencia familiar o sexual. Además, esta norma establece los criterios para realizar la interrupción legal del embarazo (ILE) en caso de ser producto de una violación sexual.
¿Cual fue el motor que llevó a la expedición de la Norma Oficia Mexicana NOM-046-SSA2-2005. Violencia familiar, sexual y contra mujeres. Criterios para la prevención y atención? #DespenalizaciónDelAborto #AbortoLegalYa pic.twitter.com/SqaTzZXISo
— Laura Susana Chía P (@suchiap) August 8, 2019
Por medio de los distintos centros de los OPD Servicios de Salud Jalisco, la Secretaría de Salud Jalisco (SSJ) ofrece atención y acompañamiento en apego a los derechos humanos de las mujeres. Así mismo, brinda la información necesaria para tomar una decisión libre e informada a través de sus medios de comunicación oficiales, en unidades médicas y vía telefónica.
¿Cómo se aplica la NOM-046 en Jalisco?
Tal como lo establece la Ley General de Víctimas y su mecanismo de aplicación, la NOM-046, la SSJ ofrece múltiples servicios de salud a víctimas de violencia de género.
Esta norma define este tipo de violencia como “cualquier acción u omisión, basada en su género, que cause daño o sufrimiento psicológico, físico, patrimonial, económico, sexual o la muerte, tanto en el ámbito privado como en el público”.
Por su parte, en Jalisco se puede solicitar también la interrupción legal del embarazo bajo las siguientes causales de salud:
- Cuando el embarazo es producto de una violación sexual.
- Ante la existencia de riesgos para la vida de la mujer.
También, el artículo 229 del Código Penal de Jalisco contempla la realización de este procedimiento bajo estas causales y hasta las 12 semanas de gestación.
De esta manera, las usuarias de los servicios de salud en Jalisco, incluyendo a las víctimas de violencia de género, tienen el derecho a una atención digna y confidencial. Esto comprende también el acompañamiento, seguimiento y la información necesaria y en todo momento por parte del equipo multidisciplinario.
Para más información al respecto, la SSJ pone a disposición sus líneas de atención telefónica: 33 3030 5000, ext. 35201 y 35202. Igualmente, a través del correo electrónico [email protected].